jueves, 7 de mayo de 2009

CAMPAÑA CONTRA ACCIDENTES


RESPETEMOS LOS LÍMITES DE VELOCIDAD

Transitar con seguridad por las calles y carreteras del país, es una tarea que depende tanto de autoridades, como de ciudadanos. Y siendo responsabilidad nuestra, es necesario aprender las reglas mínimas o básicas, establecidas en el Reglamento Nacional de Tránsito.

En esta oportunidad, siguiendo nuestra pequeña campaña contra accidentes de tránsito, aprendamos un poco sobre los límites de velocidad que debemos tener en cuentra al transitar por las vías del país.

Según el Capítulo II, sección IV del Reglamento Nacional de Tránsito, el conductor de un vehículo debe reducir la velocidad de éste, cuando se aproxime o cruce intersecciones, túneles, calles congestionadas y puentes, cuando transite por cuestas, cuando se aproxime y tome una curva o cambie de dirección, cuando circule por una vía estrecha o sinuosa, cuando se encuentre con un vehículo que circula en sentido contrario o cuando existan peligros especiales con respecto a los peatones u otros vehículos o por razones del clima o condiciones especiales de la vía.

Cuando no existan los riesgos o circunstancias señaladas anteriormente, los límites máximos de velocidad, son los siguientes:

a) En zona urbana:
1. En Calles y Jirones: 40 km/h.
2. En Avenidas: 60 km/h.
3. En Vías Expresas: 80 km/h.
4. Zona escolar: 30 km/h.
5. Zona de hospital: 30 km/h.
Resumen: En zona urbana entre 30 a 60 km/h

b) En Carreteras:
1. Para, automóviles, camionetas y motocicletas: 100 Km/h.
2. Para vehículos del servicio público de transporte de pasajeros: 90 Km/h.
3. Para casas rodantes motorizadas: 90 Km/h.
4. Para vehículos de carga:80 Km/h.
5. Para automotores con casa rodante acoplada: 80 Km/h.
6. Para vehículos de transporte de mercancías peligrosas: 70 Km/h.
7. Para vehículos de transporte público ó privado de escolares: 70 Km/h.
Resumen: En carreteras entre 70 a 100 km/h.

c) En caminos rurales: 60 Km/h.

Asimismo, el Reglamento señala que las reglas y límites de velocidad mínima son las siguientes:
a) En zona urbana y carreteras: la mitad del máximo fijado para cada tipo de vía.
b) En caminos: 20 Km/h, salvo los vehículos que deban utilizar permisos y las maquinarias especiales.

TENGAN EN CUENTA QUE... si les es difícil memorizar los límites de velocidad establecidos para cada zona, UTILICEN su sentido común: ni muy lento, ni muy rápido. Sólo así tendrán la conducción segura de su vehículo.

¡¡ Hagamos de cada día, un día sin accidentes de tránsito !!


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